Más de 20 años de experiencia en asesoría empresarial para su negocio.
Más de 20 años de asesoría integral.
consultas@asesorialastablas.com
Modificaciones fiscales para sociedades a partir de 2025
Modificaciones que establecen nuevos tipos impositivos al objeto de mejorar la tributación de las sociedades especialmente las de deducida dimensión a partir del 2025.
Estas modificaciones, recogidas en la Ley 7/2024 y el Real Decreto-ley 9/2024, afectan principalmente a micro pymes, entidades de reducida dimensión y grupos multinacionales. Si bien su aplicación será progresiva.
Tipos impositivos del Impuesto de Sociedades en 2025
El tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades se fija en el 25%, aunque hay diferentes tipos aplicables en función de las circunstancias de la entidad:
Un tipo reducido del 23% se aplica a las entidades cuya cifra de negocio del período impositivo anterior no supere el millón de euros, salvo excepciones.
Un tipo reducido del 15% está destinado a las entidades de nueva creación.
Las cooperativas que gozan de protección fiscal se benefician de un tipo impositivo del 20%.
Las entidades sin fines de lucro tributan al 10%, y las sociedades de inversión en capital variable reguladas por la Ley 35/2003 tienen un tipo reducido del 1%.
A partir de 2025, el Impuesto sobre Sociedades en España mantiene el tipo impositivo general del 25%. Ahora bien, se aplican tipos reducidos según las características de las entidades:
Microempresas
Para entidades con una facturación inferior a 1 millón de euros anuales, se introduce una reducción progresiva en el tipo impositivo.
En 2025, tributarán al 21% por los primeros 50.000 euros de base imponible y al 22% por el resto.
Esta reducción continuará en los años siguientes, alcanzando en 2027 un 17% para los primeros 50.000 euros y un 20% para el resto.
Pequeñas y medianas empresas (pymes)
Las pymes con una facturación entre 1 y 10 millones de euros anuales también se beneficiarán de una reducción progresiva.
En 2025, el tipo impositivo será del 24%, disminuyendo un punto porcentual cada año hasta llegar al 20% en 2029.
Entidades de nueva creación
Las empresas de nueva constitución que realicen actividades económicas tributarán al 15% en el primer período impositivo con base imponible positiva y en el siguiente.
Empresas emergentes
Las empresas emergentes reconocidas como tales tributarán al 15% en el primer período impositivo con base imponible positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan dicha condición.
Cooperativas fiscalmente protegidas
Tributan al 20% por los resultados cooperativos y al 25% por los extra cooperativos.
Entidades sin fines lucrativos
Tributan al 10%, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 49/2002.
Sociedades de inversión colectiva
Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) y otras instituciones de inversión colectiva tributan al 1%, bajo ciertas condiciones.
Nuestros clientes opinan
En Asesoría Las Tablas, somos especialistas en optimización fiscal y análisis de viabilidad financiera. Brindamos a empresas y autónomos servicios de planificación contable personalizada, análisis detallado de estados financieros, estudios patrimoniales, registro contable de variaciones patrimoniales, estrategias fiscales, gestión contable de existencias, ajustes por periodificación, análisis de endeudamiento, y asesoramiento especializado para microempresas.
Asesoría Las Tablas © Copyright 2025 · Todos los derechos reservados
Servicios
Siguenos en redes sociales: